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lunes, 16 de octubre de 2017

PARTES DEL TERRITORIO



Territorio: es el elemento físico o material en donde se asienta la población y constituye el ámbito espacial, o geográfico, dentro del cual se ejerce el poder del Estado. De acuerdo con la Constitución Política (artículo 101), además del territorio continental, el archipiélago de San Andrés, Providencia, y Santa Catalina, la Isla de Malpelo y demás islas, islotes, cayos, morros y bancos, también son parte de Colombia los siguientes elementos (ver diagrama 1): – Subsuelo: porción que se encuentra debajo del suelo y que se prolonga como un cono, en cuyo vértice está el centro de la tierra. La Constitución señala en su artículo 332, así como en el 102, que la Nación es propietaria del subsuelo y de los recursos naturales no renovables. – Mar territorial: zona de mar adyacente a las costas del Estado, localizada por fuera del territorio continental y de sus aguas interiores, y que se extiende, mar adentro, hasta un máximo de 12 millas náuticas, contadas a partir de las líneas de base. – Zona contigua: área de las aguas de alta mar situada inmediatamente enseguida del mar territorial (área de importancia para la implementación de medidas de prevención, protección y seguridad nacional). Se extiende, mar adentro, hasta un máximo de 12 millas náuticas, contadas a partir del mar territorial. – Zona económica exclusiva: franja de mar, adyacente al mar territorial y a la zona contigua, y que va, mar adentro, hasta un máximo de 200 millas náuticas, contadas a partir de las líneas de base. En reglas de juego para la organización y funcionamiento del Estado y para la convivencia social, entre otros aspectos.  Los límites de Colombia se encuentran señalados en los tratados internacionales aprobados por el Congreso, que son ratificados por el Presidente de la República, así como los definidos por los laudos arbitrales (fallo vinculante y obligatorio que se concerta por las partes en un conflicto territorial) en que sea parte el Estado. Los elementos del territorio colombiano son bienes de uso público, es decir, son bienes a cuyo disfrute tiene derecho toda una colectividad, por lo cual su uso tiene implicaciones y restricciones jurídicas en términos del ejercicio de la soberanía y de las competencias estatales. Una milla náutica equivale a 1.852 metros (1,8 km). Las líneas de base son líneas imaginarias, a partir de las cuales se mide la anchura de elementos del territorio marítimo como el mar territorial, la zona contigua, la zona económica exclusiva y la plataforma continental. Elementos básicos sobre el Estado colombiano, esta área el Estado ejerce derechos de exploración, explotación, conservación y administración de recursos de toda especie. – Plataforma continental: es la porción del continente situada más allá del mar territorial de un Estado, que está sumergida bajo el mar (lecho y subsuelo del mar) y que se extiende, mar adentro, hasta una distancia de 200 millas náuticas, contadas a partir de las líneas de base. – Espacio aéreo: parte del territorio constituida por la columna de aire que se levanta sobre la superficie continental y marítima del Estado y que tiene como límite superior el espacio ultraterrestre o exterior (es decir, el espacio por fuera de la superficie del planeta Tierra). – Espectro electromagnético: parte del territorio constituida por el conjunto de las ondas electromagnéticas, en el cual se da el fenómeno de las telecomunicaciones (transmisiones y emisiones de sonidos, datos e información de cualquier naturaleza, etc.). – Segmento de la órbita geoestacionaria: parte de la órbita terrestre –cuya altitud es de 35.786 km aproximadamente– que le corresponde a Colombia por ser un país que se encuentra atravesado por la línea del Ecuador (país ecuatorial), y sobre la cual es posible mantener un satélite en posición estacionaria.
Es necesario distinguir el concepto Estado de otros, como nación, país, patria y República, para lo cual es conveniente realizar algunas precisiones generales: • Nación y nación: en Colombia, el término nación tiene dos significados: uno sociológico, para hacer referencia a la población como elemento del Estado, considerando la nación (con minúscula) como la comunidad de idioma, religión, aspiraciones y raza; y otro, político y jurídico, en el cual la Nación (con mayúscula) es un ente jurídico (sujeto de derechos y obligaciones) que representa al nivel central del Estado (en cabeza del Presidente de la República como principal autoridad de la Rama Ejecutiva del Poder Público). • País: este término suele usarse como sinónimo de Estado, sin embargo, en sentido estricto, al hablar del país se hace referencia al territorio, es decir, que guarda relación con el fenómeno geográfico donde el Estado ejerce su poder. • Patria (del latín patrĭa, familia o clan): el término patria se usa para designar la tierra natal o adoptiva a la que un individuo se siente ligado por vínculos de diversa índole, como afectivos, culturales o históricos. • República (del latín: Res publica, la cosa pública): se refiere a la forma que asume el Estado en determinado período histórico (por ejemplo constituirse como un Estado federal o como un Estado  Fuente: Wikipedia, en: http://es.wikipedia.org/wiki/Patria, consulta realizada el 29 de octubre de 2009.


Elementos básicos sobre el Estado colombiano 15 unitario10). La República se caracteriza por ser una forma de gobierno que se rige por la ley y que reconoce la soberanía del pueblo (por ejemplo en países donde la población no pueda elegir a sus gobernantes se estaría ante una Monarquía o una Dictadura, pero no ante una República). Con base en lo anterior, cabe señalar que el Estado es la organización política resultado de la conjugación de la nación, el país y la patria. Dicho Estado se organiza, y funciona, de acuerdo con la forma de gobierno que decide adoptar en cierta etapa de la historia.



























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