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lunes, 16 de octubre de 2017

POBLACIÓN

PUEBLO:


Población: corresponde al conjunto de individuos que se encuentran sometidos a la autoridad fundamental del Estado. En Colombia, de acuerdo con la Constitución Política (artículo 96), son nacionales colombianos: Algunos autores (por ejemplo Madrid-Malo, 1998) identifican como un elemento del Estado el Poder Público. Sin embargo, dicho poder, antes que un factor constituyente del Estado, es la forma como dicha entidad política opera en la sociedad. La Constitución Política es la “norma de normas” y, generalmente, corresponde a un documento escrito donde se establecen las principales. Antecedentes Departamento Nacional de Planeación – Los nacidos en el país (naturales de Colombia), incluso quienes sean hijos de extranjeros y alguno de sus padres estuviese viviendo en Colombia. – Los hijos de padre o madre colombianos que hayan nacido en el extranjero y luego decidieron vivir en territorio colombiano o se registraron en una oficina consular (en otro país) de Colombia. – Aquellos quienes hayan sido considerados como tales (por adopción), entre los que se encuentran: los extranjeros que deciden adoptar la nacionalidad colombiana, los latinoamericanos y del Caribe que vivan en Colombia y que pidan ser inscritos como colombianos en el municipio donde residen, y los miembros de los pueblos indígenas que comparten territorios fronterizos entre Colombia y sus países con frontera terrestre.


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